SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO

Este beneficio incluye a todos los asociados.

Se fija un importe a un importe de $191.500.- (cien mil).

Para acceder a dicho Subsidio, se deberá presentar:

  • Certificado de defunción
  • Acta de Matrimonio o de Convivencia
  • CBU
  • Recibo de Haberes

(Si bien ANSES no ha concluido la gestión determinada por este organismo para el descuento por recibo de haberes del 0.5% en concepto de Fondo Beneficios Sociales a los compañeros jubilados, estas modificaciones se extienden a todos los afiliados.)

Carencia del Subsidio

Las carencias para corresponderán de acuerdo a la edad al momento del ingreso. Los años de afiliación requeridos para los nuevos socios en el uso de este beneficio:

  • Menor de 46 (cuarenta y seis) años, 1 (un) año de afiliación.
  • Menor de 60 (sesenta) años, 2 (dos) años de afiliación.
  • Menor 64 (sesenta y cuatro) años, 3 (tres) años de afiliación.
  • Mayores de 64 (sesenta y cuatro) años, 10 (diez) años de afiliación.

Plazo para reclamar el subsidio

Sólo se atenderán los pedidos de indemnización o restitución de los gastos de sepelio en los montos establecidos dentro de los 180 días de ocurrido el desenlace, transcurrido dicho lapso, se producirá la caducidad automática e irreversible de todo derecho al respecto.

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